dilluns, 12 / novembre / 2007

Forma jurídica: empresas individuales y sociedades

En clase hemos estudiado que existen diferencias entre unas empresas y otras.

Pues bien, yo he decidido fijarme según su forma jurídica, o lo que es lo mismo, la titularidad de la empresa y la responsabilidad legal de sus propietarios, y hablar un poco de ello.

Según la forma jurídica podríamos distinguir:

---> Empresas individuales: son las empresas que son gestionadas por una sola persona. Es la forma más común de organizar un negocio. El propietario tiene el control absoluto del negocio y posee todos los valores de la empresa y las ganancias generadas por esta. Y tiene la responsabilidad total por deudas. Y a los ojos de la ley, el propietario y el negocio son lo mismo.

---> Sociedades: son las empresas que generalmente están constituidas por dos o más personas. Comparten la propiedad de un solo negocio o empresa. Los socios deben contar con un acuerdo legal que establece como se tomaran las decisiones, como se resolverán las disputas, como admitir o ingresar nuevos socios, como repartir las ganancias, o que pasos deben seguirse para disolver la sociedad en caso necesario. Y también debe decidirse cuanto tiempo y capital invertirá cada uno de los socios. Hay muchos tipos de sociedades entre las que podríamos destacar: sociedades anónimas (cuyos socios lo son según de una participación en el capital social a través de acciones o títulos, y que no responderán personalmente de las deudas contraídas sino que lo harán con el capital aportado), sociedades colectivas (cuyo rasgo principal es que la responsabilidad por las deudas de la sociedad es ilimitada, o lo que es lo mismo, los socios deben responder con su propio patrimonio a las deudas pendientes), sociedad limitadas y sociedad de responsabilidad limitada (LLP) (cuyos socios tienen un límite en su responsabilidad personal y aporte de decisiones generales dependiendo de su inversión y en la que el capital está dividido en cuotas sociales de distinto o igual valor representadas por títulos), cooperativa (cuyos socios se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada, y la responsabilidad será limitada a la aportación de cada socio), etc.


Y por último me gustaría destacar las ventajas e inconvenientes de una empresa individual y de las sociedades:


Ventajas de una empresa individual

  • Forma más barata y sencilla para organizar y poseer un negocio.
  • Control total, dentro de los parámetros indicados por la ley,
  • Se pueden tomar las decisiones que les convengan.
  • Posesión de todos los ingresos generados por el negocio.
  • Facilidad para disolver o cerrar el negocio.

Desventajas como empresa individual

  • Obligación legal de pagar todas las deudas de la empresa, poniendo en riesgo los valores de la empresa e incluso los personales.
  • Puede verse en desventaja para reunir fondos y a veces está limitado a utilizar sus ahorros personales o préstamos individuales.
  • Algunas de las prestaciones para sus empleados, como las primas del seguro de gastos médicos no son directamente deducibles del ingreso de su empresa (se tienen que deducir parcialmente como un ajuste a su ingreso).


Ventajas de una sociedad:

  • Fáciles de establecer, pero es necesario invertir tiempo en el establecimiento del contrato de la sociedad.
  • Ventaja a la hora de incrementar la capacidad para reunir fondos o financiamiento.
  • Las ganancias del negocio fluyen directamente a las declaraciones de impuestos personales de cada uno de los socios.
  • A posibles empleados puede llamarles la atención trabajar para el negocio si se les ofrece el incentivo de convertirse en socios.
  • La empresa normalmente se ve beneficiada por las capacidades complementarias de cada uno de los socios.

Desventajas de una sociedad:

  • Los socios son responsables tanto individual como colectivamente por las acciones de los otros socios.
  • Las ganancias deben compartirse con los otros.
  • Como se comparten la toma de decisiones, es probable que surjan desacuerdos.
  • La sociedad tiene un límite de vida; puede darse por terminada debido al retiro o muerte de uno de los socios.



Y una vez visto las ventajas y desventajas entre una empresa individual y una sociedad. Me gustaría saber que opináis sobre ellas, y en caso de formar una empresa, cuál de las dos formas jurídicas escogerías.

Yo personalmente, escogería una sociedad limitada o una LLP, ya que tendría tanta responsabilidad de ella como el capital que le hubiese aportado.

7 comentaris:

Alberto Maldonado López ha dit...

mmmm.... que forma jurídica usaría, yo creo que esta podía depender del tamaño de la empresa que fuese a crear.
Si tengo capital y la empresa es relativamente pequeña que me puedo encargar, pues entonces autónomo, de esta manera nunca me peleare conmigo mismo.

Si la empresa (esta ya siendo mas grande) fuera creada con un socio mio, seguramente limitada, ya que podríamos repartirnos mejor el pastel en cuanto a responsabilidad.
Claro que si mi empresa tuviera éxito y me hiciese de oro, para seguir creciendo, seguramente pasaría a una S.A.

Ramon Chalmeta Ugas ha dit...

Personalment crec que més que quin tipus de forma jurídica escolliria, per les seves avantatges o inconvenients és més quin tipus d’empresa vols formar.

Si tu vols formar una empresa més aviat petita de caire més aviat familiar, crec que el més normal seria formar una empresa individual, on tu sempre podràs decidir i obtindràs directament els beneficis, i al ser més aviat petita la inversió inicial no serà tan gran i podràs assumir-la tu sol.

En canvi si per contra vols crear una empresa a més gran escala crec que adoptar una empresa individual seria poc raonable. Primera per la gran inversió inicial difícil d’assumir individualment i segona perquè si la empresa te una dimensió considerable llavors no podràs responsabilitzar-te tot sol. Llavors crec que hauries d’optar per una societat. Parlar de societat anònima o limitada crec que llavors dependrà bàsicament del capital que necessitis perquè la societat anònima necessita un mínim més elevat (60.101,21 €) que no pas la societat limitada (3.005,06 €) per tant si no necessites arribar al mínim de la societat anònima doncs hauràs de crear una societat limitada.

En definitiva que més que quin creus millor o pitjor, el que crec es que depèn molt del tipus d’empresa que vols formar i el capital que necessitaràs en ella.

Sandra ha dit...

Es verdad, que al final no lo puse!!

Lo que quería decir es que que en caso de formar una empresa con un conocido o con con más de uno, que modelo de sociedad escogerias.

David Gómez Nin ha dit...

Todo depende de los objetivos. Por mis ideales y objetivos poco pretenciosos económicamente me sentiría más a gusto en una empresa personal pequeña o, porque no, en una cooperativa.

Sin embargo, creo que para un empresario que se marca como objetivo que su empresa crezca lo máximo posible su opción a largo plazo debe ser la Sociedad Anónima. Al principio le será más cómodo otro modelo de empresa pero cuando el dinero que se mueva en esta sea muy elevado y muy dependiente de los vaivenes del mercado pienso que solo la existencia de accionistas podrá asegurar suficiente fluidez económica.

En resumen, mi opinión es que a pequeña escala podemos plantearnos opciones según nuestras preferencias (riesgo, beneficio, esfuerzo, etc.) pero en grandes empresas las opciones se reducen a la sociedad anónima.


Un pequeño apunte. Pones como desventaja de las sociedades su vida limitada, pero creo que una sociedad, y más aún una grande, gozan de mejor salud que una empresa pequeña. Vamos, que no solo pienso que las empresas personales también tienen vida limitada sino que creo que son más susceptibles a sufrir malas rachas (que pueden culminar en su cierre) que las grandes sociedades.

Muy buen artículo. Saludos :)

Vicente Escandell Miguel ha dit...

Com tots han dit, crear una empresa depen molt del capital inicial del que disposis i dels riscos que puguis tenir. Així doncs en el meu cas suposu que triaria per una empresa individual, perquè crec que l'empresa és una cosa que va evolucionant. Així doncs a mesura que la meva empresa cresques les aventatges que em proporcinava el fet de ser una empresa individual seran menors que els desventatges, molt més riscos, necessitat de més capital, etc. i per això necesitaré evolucionar l'empresa a un tipus societat.
Tot i així penso que hi haurà casos en que un empresari voldrà crear un negoci degut a que té una idea molt bona, però un presupost molt limitat. En aquest cas, i pel seu bé, tendrà que buscar inversors que l'avalin i per tant necesariament tendrà que consituir una societat.
Així doncs crear una empresa és com anar al mcDonals, segons la teva gana i capacitat monetaria t'agafaras un menú per dos o simplement una hamburguesa.

David Gómez Nin ha dit...
Aquesta entrada ha estat suprimida per l'autor.
Toni Cañabate ha dit...

" que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada"

http://www.coopbancaria.com.uy/institucional/noticia_41_1.htm

"Los socios son responsables tanto individual como colectivamente por las acciones de los otros socios"

http://www.sba.gov/espanol/Primeros_Pasos/tipos_de_empresas.html